Listas de verificación
Indice
1. Identificación de la causa y del juez o jueza.
Dar inicio la audiencia: Identificar el lugar. Señalar el día y hora de inicio. Identificar al juez o jueza de la causa, con objeto que el detenido conozca el nombre del magistrado o magistrada. |
Identificar la causa, mencionando su Rol Interno del Tribunal (RIT) y Rol Único de Causa (RUC). |
2. Identificación de los y las intervinientes.
Solicitar a los y las intervinientes (fiscal, defensa, querellantes) que se individualicen. Para ello deben señalar:
Nombre completo. |
Función: fiscal/Fiscalía Local; abogado o abogada asistente de fiscal/Fiscalía Local (en virtud del artículo 132 CPP); defensa/Defensoría Local; querellante. |
Si la defensa es particular debe presentarse el patrocinio y poder o constituirse en la audiencia. |
Forma de notificación que solicita, preferentemente correo electrónico. |
En relación al querellante: Verificar la presentación de la querella. El abogado o la abogada querellante debe presentar el patrocinio y poder. |
Forma de notificación. |
3. Apercibimiento del artículo 26 del Código Procesal Penal
Se explicó a la persona detenida las consecuencias de individualizarse incorrectamente (artículo 26 explicado en lenguaje simple). |
Se consultó a la persona detenida si comprendió las consecuencias de individualizarse incorrectamente. |
Se preguntó a la persona detenida: |
Su nombre completo: |
Si se solicita uso de nombre social (identidad de género), se dejó registro de ello. |
Fecha de nacimiento o edad (especialmente relevante en casos RPA): |
En los casos con imputados RPA, consultar al fiscal o a la defensa si se notificó al adulto responsable, verificar si se encuentra en la audiencia, si es así, solicitar que se |
RUT: Si no cuenta con RUT, solicitar RUT provisorio (canje penal). |
Domicilio: Preguntar si el domicilio ha cambiado, en el caso de audiencias anteriores. |
Forma especial de notificación. |
Se propició que identifique un correo electrónico, celular con WhatsApp. |
En el SIAGJ, se identifica esta forma especial de notificación. |
En el audio, la jueza o juez señala que acepta esta forma especial de notificación del artículo 31 CPP. |
Se deja en audio registro de la realización del apercibimiento del Artículo 26. |
Consultar al fiscal si se verificó la identidad de la persona detenida a través de medios técnicos tales como lector biométrico, cross match y/o pericias huellográficas. |
4. Control de las circunstancias de la detención.
Verificar si el imputado o imputada se entrevistó con su defensa. Si no se pudo entrevistar, otorgar un breve receso para que puedan conversar. Para considerar la extensión del receso, considerar la complejidad del caso. |
Consultar a la Fiscalía las circunstancias de la detención. |
Preguntar a la defensa si requiere de precisiones a lo informado por el Ministerio Público. Si es así, solicitar al fiscal que explique. |
Consultar a la persona imputada cuándo fue detenido. |
Consultar a la persona imputada si le informaron el motivo de la detención. |
Consultar a la persona detenida si le dieron lectura a sus derechos. |
Si no se leyeron sus derechos, explicarlos en un lenguaje comprensible para el detenido o detenida, consultándole al finalizar si comprendió. Consultar a la persona imputada si tiene algún reclamo respecto del trato recibido. Si se informa un hecho constitutivo de delito, realizar denuncia a la Fiscalía, de acuerdo al procedimiento definido para ello. Preguntar a la defensa si efectuará alegaciones respecto a la legalidad de la detención. |
Si hay incidencia de ilegalidad dar traslado al fiscal. |
Si la defensa planteó alegaciones respecto a la legalidad de la detención resolver si esta es legal o no, fundamentando la decisión. Si el juez o jueza advierte una violación flagrante, previo debate de las circunstancias, es pertinente declarar de oficio la ilegalidad. |
Mantener contacto visual con la persona detenida en todo momento, cotejando que entienda qué está sucediendo. |
Si el imputado o imputada realiza una denuncia de malos tratos policiales: En audio el juez o jueza puede señalar “se tiene por interpuesta la denuncia. Previa asignación de RIT y RUC por el tribunal remítase los antecedentes al Ministerio Público.” |
5. Ampliación de la detención.
Declarada la legalidad o ilegalidad de la detención, se consultó al fiscal si realizará peticiones. |
Si la Fiscalía plantea que solicitará la ampliación de la detención, se consultó por sus fundamentos (para formalizar o solicitar cautelares): Se pidió especialmente que detalle las diligencias que busca ejecutar durante la ampliación. Se consultó al Ministerio Público por qué no pudo desarrollarlas dentro de las 24 horas. |
Se dio traslado a la defensa. |
Juez o jueza comunica decisión fundada sobre si accede o no a la ampliación de la detención. Si accede, fija audiencia al término del plazo para formalizar. Si no, consultar a Ministerio Público si realizará otras peticiones. |
Agendar día y hora de la audiencia de formalización. |
Se explicó a la persona imputada en forma clara por qué razones quedará detenido por más plazo, dónde y hasta qué día, y los motivos que lo justifican. |
6. Formalización.
Explicar a la persona imputada el objetivo de la formalización como una garantía, señalando que el objetivo es que entienda los hechos, no si ellos son ciertos o no. |
Dar la palabra al fiscal para que formalice la investigación. |
Consultar a la persona imputada si comprendió lo señalado por la Fiscalía. |
Si la persona imputada señala que no entendió: Consultarle qué es lo que no entendió y explicar en lenguaje claro. |
Si la persona imputada señala que los hechos no son ciertos o quiere dar explicaciones, recordarle que tendrá la posibilidad de defenderse más adelante en la tramitación del caso y que cualquier información debe entregarla a la defensa. |
Consultar al defensor o defensora si requiere de precisiones o aclaración de los hechos. |
En caso afirmativo, solicitar al fiscal que precise o aclare lo consultado por la defensa. |
Mencionar al imputado o imputada, en los casos que se va al domicilio, que la causa no ha finalizado, y que tendrá que venir nuevamente. Es decir, mencionar que tiene la obligación de comparecer a otras audiencias. |
7. Declaración de la persona imputada.
Explicar al imputado o imputada su derecho a guardar silencio. |
Concordar con las partes el orden de examen y contraexamen. |
Dar palabra a la persona imputada para que entregue su declaración libre. |
Examen directo y contraexamen. |
8. Medidas cautelares.
El Ministerio Público y/o la parte querellante solicita fundadamente la medida cautelar. Si lo pide el Ministerio Público y hay querellante, hay que darle traslado a éste antes de escuchar a la defensa. |
Se le da traslado a la defensa. |
Se resuelve fundadamente la decisión respecto de la medida. |
Se explicó en un lenguaje simple la medida cautelar al imputado o imputada y los efectos de su incumplimiento, en caso de decretarse. En su caso, se señaló a la persona imputada que se decreta su prisión preventiva y que esta puede revisarse en una audiencia posterior. |
Si la cautelar decretada significa para la persona imputada cambiar de domicilio, se le señaló que debe informar al tribunal su nuevo domicilio. |
Se indicó a la persona imputada que en caso de dudas sobre la medida cautelar le consulte a su abogado o abogada defensor. |
Si se decretó una medida cautelar de protección a la víctima y esta se encuentra en la audiencia, se explicó cuál es la medida en su favor y cómo proceder en caso de incumplimiento. |
Se firmaron los oficios tipo del módulo de medidas cautelares del sistema de gestión penal. |
9. Plazo investigación.
Una vez evacuada la discusión sobre medidas cautelares, se consultó a los y las intervinientes sobre la existencia de alguna solicitud. |
Consultar a la Fiscalía y a la defensa cuáles son las diligencias pendientes y cuál es su proyección de plazo adecuado para investigar el caso en concreto. |
Se resuelve definiendo el plazo de investigación. |
10. Salidas alternativas: suspensión condicional del procedimiento
Hay certeza que los y las intervinientes se encuentran presentes en la audiencia. |
Se cumplen con los requisitos establecidos la suspensión condicional. |
Si la víctima se encuentra presente, se verificó que entendiese los alcances de las condiciones, especialmente las relacionadas con su protección o interés. |
Se verificó que el imputado o imputada entendiese los alcances de las condiciones. |
Se explicó el detalle sobre cómo cumplir con la condición, así como su alcance temporal. |
Se explicó y la persona imputada comprendió los efectos del incumplimiento de las condiciones de la suspensión condicional y de una formalización por hechos distintos al del caso. |
Verificó la voluntariedad del imputado o imputada. |
Se le preguntó a la persona imputada si entendió los efectos y alcances de las condiciones. |
Señalar que en casos de dudas sobre el cumplimiento al imputado o imputada que contacte a su defensor o defensora. |
Señalar para que quede registrado en el audio que se decreta la suspensión condicional del procedimiento: Se cumplen los requisitos para que proceda. Mencionar las condiciones. El plazo de cumplimiento. |
11. Salidas alternativas: acuerdo reparatorio
Hay certeza que los y las intervinientes se encuentran presentes en la audiencia. |
Se cumplen con los requisitos establecidos para el acuerdo reparatorio. |
Se verificó que la víctima entendiese los alcances del acuerdo. |
Se verificó que el imputado o imputada entendiese los alcances del acuerdo. |
Verificó la voluntariedad de la persona imputada y de la víctima. |
Se le preguntó a la persona imputada si entendió los efectos y alcances del acuerdo. |
Señalar al imputado o imputada que en caso de dudas sobre el cumplimiento se contacte a su defensor o defensora. |
Expresar en el registro de audio que se aprueba el acuerdo reparatorio indicando con claridad la prestación acordada. |