1. Recomendación de buenas prácticas de coordinación interinstitucional.

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  • Renuncia de derechos. Es de la máxima relevancia que la persona imputada comprenda a cabalidad los derechos que tiene en el procedimiento abreviado y a los que renuncia con su aceptación. En este sentido, se ha relevado como práctica que el abogado o abogada defensor que conoce la forma en que el juez o jueza realiza las preguntas a la persona imputada, puede anticipar a su cliente, en una conversación previa, cuáles serán las cuestiones que se le consultarán, reforzando así una adecuada comprensión de las decisiones que se adopten por este en la audiencia. Esta práctica, no obstante, no libera al juez o a la jueza de explicar a la persona imputada los derechos que le asisten y las consecuencias de la aceptación del procedimiento. Adicionalmente, se recomienda que quede constancia en audio de esta explicación, siempre y cuando esta conversación no se trate sobre la recomendación profesional del defensor o estrategia de defensa.
  • Red de intérpretes. Se recomienda conocer cómo funciona la red de intérpretes y facilitadores interculturales. En general, esta recomendación también aplica para todas las instituciones que de alguna forma colaboran con la labor jurisdiccional de los tribunales y es crucial, en este sentido, la coordinación que se tenga con la propia administración de los tribunales.
  • Facilitadores interculturales. En la misma línea, con el objeto de que la persona imputada comprenda las decisiones que deberá tomar, se recomienda coordinar con la Fiscalía y la defensa que dispongan de intérpretes y facilitadores interculturales en las audiencias. Especialmente relevante es el rol del tribunal en proporcionar el servicio en aquellos casos que la defensa del detenido o detenida es privada.
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  • Evitar el reagendamiento a través de la coordinación. La experiencia indica que existe un porcentaje relevante de audiencias programadas solicitadas para el procedimiento abreviado que se reagendan. Una de las causas de este problema es la falta de conversación previa entre la Fiscalía y la defensa.

    Para abordar esta problemática diversos tribunales han adoptado medidas, tales como:
    • Acordar con la Fiscalía y defensa que se podrá explorar abreviado con acusación verbal (artículo 407 Código Procesal Penal) solo una vez antes del cierre de la investigación, de modo tal que, si no prospera quedará la opción de acordar el abreviado en la audiencia de preparación de juicio oral.
    • Solicitar al Ministerio Público que informe la pena que se ofrecerá en la solicitud de procedimiento abreviado.
    • Si no se presenta una solicitud conjunta de abreviado por la Fiscalía y defensa, proveer a la solicitud del Ministerio Público traslado a la defensa y demás intervinientes, con el objeto de propiciar el acuerdo previo a la audiencia.
      En cualquier caso, es recomendable que la judicatura pueda estimular que el Ministerio Público y la defensa cuenten con instancias para conversar previo a la audiencia y que la defensa tenga acceso a la carpeta de investigación, de forma tal que se asegure que la audiencia se realizará.
    • Con el objeto de propender a una eficiente ejecución del tiempo de audiencias, si existen prácticas de las instituciones que signifiquen el reagendamiento de audiencias (por ejemplo, falta de minutas de audiencia o con información incompleta o insuficiente), se recomienda que jueces y juezas se coordinen para informar por oficio al superior jerárquico regional.
    • Agendar por defensor o defensora audiencias de juicio oral simplificado o audiencias de preparación de juicio oral, con objeto que sea el defensor o defensora titular quien concurra a la audiencia.
    • Agendar en un horario distinto la audiencia de abreviado reprogramada, con objeto de identificar los casos que se han reagendando.
    • No acceder a fijar audiencia si el procedimiento abreviado haya sido reprogramado, sino hasta que las partes manifiesten explícitamente haber llegado a un acuerdo.
    • Utilizar plataformas para negociar, sea en salas privadas de Zoom u otras, en el caso de que estas estén habilitadas. En algunos lugares del país se realiza una negociación de pena por el Sistema de Información y Atención de Usuarios (SIAU) de la Fiscalía, en que la defensa solicita el abreviado al fiscal o bien a través de un sistema informático especializado (como en la Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte con la Defensoría Regional Norte). En videoconferencias, para que la audiencia se realice, si no se ha llegado a acuerdo previo, se ofrece una sala privada a fiscal y defensor para negociar. También se puede abrir una sala privada por un tiempo prudente, para que la defensa pueda dialogar con la persona a quien representa. Por su parte, en audiencias presenciales puede darse un receso o modificación en el orden de realización de audiencias. Luego de que la Fiscalía ya ha negociado con la defensa puede dejarse constancia del ofrecimiento de la Fiscalía en el acta (especialmente si asiste el o la fiscal de turno de audiencia y no el titular del caso), si la audiencia de preparación de juicio oral se reprograma.
  • Uso de correos institucionales genéricos para facilitar la comunicación. El Ministerio Público y la Defensoría Penal Pública consideran dentro de sus procesos de gestión administrativa el uso de correos institucionales genéricos para facilitar la remisión de actas, audios y otras resoluciones de interés transversal. Estos correos pueden sumarse a la notificación a los correos personales de los y las intervinientes.
  • Uso de ficha informativa. La Defensoría Penal Pública, ha entregado a los defensores y las defensoras una “ficha informativa de causa” que deben llenar al final de cada audiencia y entregarla a la persona imputada. Dicha ficha contiene indicación del contacto del defensor o defensora, y qué es lo que debe hacer respecto de lo resuelto en la audiencia. Se recomienda fomentar la entrega de este documento, para lo cual es necesario dar un tiempo al defensor o defensora para que pueda llenar la ficha y explicar a la persona imputada su contenido.
  • Estimular la coordinación interinstitucional con el objeto de introducir mejoras constantemente. Por ejemplo, algunos tribunales cuentan con bloques horarios definidos para el agendamiento de abreviados, de manera que todos los y las intervinientes tengan una visión clara del estado de la carga de trabajo del tribunal y de la causa.

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