4. Inicio del debate
En términos generales, existen prácticas distintas respecto del inicio del debate en relación a la mediación. Esta puede ser planteada por la Fiscalía, pero también puede ser propuesta por la defensa. No obstante, según la información que surja durante el desarrollo de la audiencia, si el juez o jueza advierte que la persona imputada cumple preliminarmente con las exigencias legales, es conveniente abrir el debate y realizar la consulta a las partes.
En la audiencia le corresponderá al tribunal verificar la disposición y voluntariedad de víctima e imputado para participar de la mediación, explicando en un lenguaje simple y directo sus características y ventajas frente a otras alternativas procesales. Resulta aconsejable que se pueda brindar un espacio abierto de consultas a ambos (víctima y persona imputada) en caso que lo requieran o que se advierta la necesidad de que puedan aclarar sus inquietudes o dudas. Sin embargo, no es indispensable que la víctima se encuentre presente en la audiencia para que el caso pueda ser derivado a mediación, bastando que el juez o la jueza se aseguren de que existe disposición inicial a participar.