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10.1. Primer ejemplo sentencia procedimiento abreviado.[1]

[1][1] Agradecemos a la magistrada Marcia Figueroa Astudillo, jueza del Séptimo juzgado de Garantía de Santiago que nos proporcionó el formato de la sentencia.
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RESUMEN:

RUC                                         : XXXX

RIT                                           : XXX

MATERIA                                 : [delito]

IMPUTADO                              : XXXX

RESOLUCIÓN                           : Sentencia en procedimiento abreviado

[Cuidad], [fecha].

VISTO Y TENIENDO PRESENTE:

PRIMERO: Ante este [tribunal] en la audiencia [identificar audiencia] se procedió a un procedimiento abreviado, previa acusación deducida en contra del acusado [nombre acusado], cédula nacional de identidad XXX, domiciliado en XXX, comuna de XXX, fundada en los siguientes hechos:

El día [día, mes y año], a las XXX horas aproximadamente, [RELATAR HECHOS].

El Ministerio Público califica los hechos respecto del acusado como constitutivos del delito XXX, previsto y sancionado en el artículo XXX del Código Penal.

Se le atribuye al acusado participación en calidad de XXX y en grado de ejecución de XXX.

En cuanto a las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, la Fiscalía expresó que concurrían respecto del encausado las atenuantes del artículo 11 Nº(s) XX del Código Penal.

El Ministerio Público solicitó proceder de conformidad con el procedimiento abreviado por los hechos antes referidos y para lo cual pide se sancione al encausado con la pena de XXX, más las accesorias legales y que se le sustituyera la pena privativa de libertad por XXX [si procede].

Luego de interrogar al acusado, este tribunal admitió a tramitación el procedimiento abreviado, teniendo en consideración que la pena solicitada por la Fiscalía no supera el límite legal, que el imputado o imputada aceptó los hechos que fundan la acusación y los antecedentes de la investigación y que, además, reconoció haber prestado este consentimiento en forma libre y espontánea, conociendo sus consecuencias y sin haber sido objeto de presiones.

SEGUNDO: La defensa del encartado no cuestionó el hecho punible ni la participación de su representado, solicitando que se reconocieran las atenuantes del artículo 11 N°(s) XX del Código Penal, no oponiéndose a la pena requerida por el ente persecutor.

En cuanto a la forma de cumplimiento que el Ministerio Público la pidió en forma XXX, la defensa solicitó que se le otorgará la XXX haciendo presente un [información entregada por defensa, por ejemplo, informe psicológico de la persona imputada, que entrega información sobre arraigo familiar, arrepentimiento y compromiso de no repetir esta conducta].

Finalmente, solicita se abone el período que el imputado o imputada ha permanecido privado de libertad a propósito de la prisión preventiva decretada en esta causa.

TERCERO: Los hechos que se han dado por probado sobre la base de aceptación del acusado o acusada y los antecedentes de la investigación, son los hechos descritos en el motivo primero de este fallo.

CUARTO: Los antecedentes de la investigación que han sido aceptados por el acusado o acusada y que sirven para dar por probado los hechos antes referidos son los siguientes:

  1. Declaración de la víctima XXX.
  2. Declaración(es) del(os) testigo(s) XXX.
  3. Declaración(es) del(os) funcionario(s) policial XXX.
  4. Informe Médico de Lesiones N° XX de fecha XXX del Hospital XXX que da cuenta de las lesiones que presentaba la víctima.
  5. Set fotográfico [cantidad] con imágenes del lugar de los hechos y detención.
  6. Set fotográfico [cantidad] con imágenes de las vestimentas del acusado o acusada.
  7. Set fotográfico [cantidad] de las especies sustraídas a la víctima.
  8. Set fotográfico [cantidad] de las lesiones ocasionadas a la víctima.
  9. Mapa que da cuenta del lugar de ocurrencia de los hechos.
  10. [Describir evidencia], NUE XXX.

QUINTO: En lo que dice relación a la calificación jurídica de los hechos, el Tribunal debe tener presente, en particular, las declaraciones efectuadas tanto por la víctima, igualmente, los elementos y fotografías que dan cuenta de las especies y [armas incautadas a los imputados].

Valoración antecedentes de investigación:

[Por ejemplo: En este sentido la víctima y la persona que la socorre dan cuenta que esta fue amenazada con armas corto punzantes a nivel del cuello y del estómago para los efectos de que entregará las especies que portaba, lo que sucedió de dicha manera y que es corroborado por el hallazgo en poder de los imputados de los cuchillos con los que fue amenazada.

Asimismo, se tendrá en consideración que de acuerdo al dato de atención de urgencia de la víctima ésta presentaba lesiones concordantes con la utilización de un elemento corto punzante al nivel cervical.

Por tanto, entendiendo a juicio del Tribunal que se encuentra con dichos antecedentes acreditado el tipo penal invocado por el ente persecutor, el que constituye el delito de robo con violencia del artículo 436 inciso 1° del Código Penal, toda vez que el imputado junto a un tercero intimidaron y efectuaron vías de hecho en contra de la víctima obteniendo de parte de esta la entrega de especies; encontrándose, en consecuencia, el ilícito el grado de ejecución de consumado, puesto que se desarrolló toda la acción descrita por el tipo penal]. 

SEXTO: En cuanto a la participación del acusado o acusada también se debe tener por establecida con [valoración, por ejemplo: el reconocimiento efectuado por la víctima y del testigo civil que la socorre como, también, a manera de corroboración, el hallazgo de las especies sustraídas y de los cuchillos en poder de los encartados].

Por lo anterior, el imputado o imputada tiene la calidad de XXX por haber intervenido en la ejecución del hecho en forma XX conforme lo señala el artículo 15 N° X del Código Penal, por haber intervenido en la ejecución del hecho en forma XX.

SÉPTIMO: [Si procede] De acuerdo a lo previsto en el artículo 412 del Código Procesal Penal, el Tribunal no podrá imponer una pena superior ni más desfavorable a la requerida por la Fiscalía.

OCTAVO: En lo que dice relación a la concurrencia de circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, el Tribunal tendrá en consideración que al imputado o imputada le favorece la atenuante del artículo 11 N° X del Código Penal, toda vez que XXX.

[Si procede]:  Asimismo, le favorece la atenuante de responsabilidad penal del artículo 11 número 9 del Código Punitivo, al haber aceptado someterse a las reglas de este procedimiento abreviado conforme lo señala el artículo 407 del Código Procesal Penal.

NOVENO: Respecto a la determinación de la pena, teniendo en consideración que el ilícito se encuentra en grado de XXX corresponde aplicar la pena señalada por la ley al delito conforme lo señala el artículo 50 del Código Penal.

[Por ejemplo: al tratarse de un delito en contra de la propiedad y de la integridad física de la víctima, de acuerdo a lo señalado en el artículo 449 del Código Penal no procede aplicar las normas de determinación de pena de los artículos 65 a 69 del Código Penal].

No obstante, lo anterior y teniendo presente la facultad otorgada por el legislador al ente persecutor en el artículo 407 del Código Procesal Penal de la cual ha hecho uso en esta audiencia se procederá a rebajar la pena en un grado, imponiendo la solicitada de XXX.

DÉCIMO: En cuanto a la pena sustitutiva que corresponde imponer al imputado o imputada, el Tribunal tendrá en consideración que el ente persecutor solicitó la XXX señalar información entregada por la Fiscalía.

No obstante, lo anterior, la defensa ha pedido que se le imponga XXX teniendo en consideración para ello [señalar información entregada por la defensa].

 Por todo lo anterior, este Tribunal [DECISIÓN], imponiéndole la pena sustitutiva XXX por reunirse los requisitos de los artículos XX de la ley 18216 de la manera que se dirá en la parte resolutiva del fallo.

Y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 36, 47, 406 a 415 del Código Procesal Penal; artículos 1, 11 N°s 6 y 9, 14 Nº 1, 15 N° 1, 18, 30, 31, 50, 432, 436 inciso 1° y 449 del Código Penal y Ley 18.216, SE RESUELVE:

I.- Que se condena a [nombre acusado], ya individualizado, a la pena de XXX, a las accesorias de XXX mientras dure la condena, por su responsabilidad como XXX del delito de XXX, previsto y sancionado en el artículo XXX del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de XXX, el [día, mes, año] que se encuentra en grado de ejecución de XXX.

II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo XX de la Ley 18.216, se le sustituye la pena impuesta por la de XXX, por el término de la privativa de libertad, esto es, XXX, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile más cercano a su domicilio y cumplir durante el periodo de observación, con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento con las condiciones legales de las letras a), b) y c) del artículo 17 de la citada ley, además, de la letra b) del artículo 17 ter, esto es, la prohibición de acercarse a la víctima y su domicilio.

Para estos efectos el sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social Santiago, ubicado [dirección CRS], a más tardar el [día, mes y año]. 

Se deja constancia que en el evento que la sanción sustitutiva impuesta sea revocada, el condenado o condenada deberá cumplir íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad o en su caso, se le reemplazará por una sustitutiva de mayor intensidad o se impondrá la intensificación de las condiciones decretadas. 

En todo caso, se someterá al condenado al cumplimiento del saldo de la pena inicial, abonándose a su favor, el tiempo de ejecución de dicha pena sustitutiva y los días que permaneció privado de libertad en esta causa, esto es, el tiempo que estuvo sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva desde el [día, mes, año] hasta esta fecha, completando XXX días de abono.

Comuníquese en su oportunidad a Gendarmería de Chile la pena sustitutiva impuesta, fijándose audiencia de aprobación de plan de intervención para el día XXX, a las XXX horas.

III.- [Si procede] Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 31 del Código Penal se ordena el comiso de la evidencia incautada [identificar evidencia].

IV.- [Si procede] Que se ordena el registro de la huella genética del sentenciado en el registro de condenados, de acuerdo a lo previsto en el artículo 17 de la ley 19.970 y artículo 40, previa toma muestra biológica si fuere necesario.

V.- Que, habiendo aceptado el procedimiento abreviado y los hechos de la acusación, se les exime al imputado del pago de las costas atendido que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. 

VI.- Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.

Ofíciese al Registro Civil con la finalidad que se omita en el certificado de antecedentes de los sentenciados esta condena de acuerdo a lo previsto en el artículo 38 de la Ley 18.216.

Regístrese y archívese en su oportunidad.

RUC N°            XXXX

RIT N° XXX

Pronunciada por [jueza/juez], Juez del [TRIBUNAL]

10.2. Segundo ejemplo sentencia procedimiento abreviado.[2]

[2][2] Agradecemos a Jorge Saez Martin, secretario de la Excma. Corte Suprema que nos proporcionó el formato de la sentencia.
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RESUMEN:

RIT                               : XXX

RUC                             : XXX

MATERIA                     : [delito]

IMPUTADO                  : XXX

FISCAL                         : XXX

DEFENSOR                   : XXX

RESOLUCIÓN   :           SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO

Santiago, [día, mes, año].

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:

PRIMERO: Que ante este [tribunal] el Fiscal del Ministerio Público, ha interpuesto acusación en procedimiento abreviado en contra de [nombre imputado], [fecha de nacimiento], [estado civil], [profesión u oficio], cédula de identidad XXX, [domicilio] fundado en que:

“[DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS]”.

Los hechos descritos constituyen el delito de XXX, delito que se encontraría XXX y en que se atribuye al imputado participación en calidad de XXX. 

Se reconoce respecto de [nombre imputado] las atenuantes del artículo 11 Nº X del Código Penal. Se solicita la imposición de una pena de XXX.  

SEGUNDO: Que el imputado, previa advertencia de sus derechos, libre y voluntariamente, han renunciado a su derecho a juicio oral, reconociendo los hechos de la acusación y aceptando los antecedentes de la investigación en que se funda, con cuyo mérito se ha dispuesto proseguir en conformidad a las normas del procedimiento abreviado.

TERCERO: Que la defensa ejercida por XXX, se ha allanado a la pena solicitada pidiendo que se suspenda su cumplimiento por el término de XXX meses en razón de que [argumentos de la defensa].

CUARTO: Que con el mérito del reconocimiento que ha efectuado el imputado en esta audiencia y teniendo presente que tal reconocimiento es coherente con los antecedentes de la investigación se ha de tener por establecido el hecho descrito en la acusación en los términos en que fue formulado.

En efecto, [RELATO HECHOS]

Prestó declaración [nombre imputado], quien reconoce los hechos por los cuales se le imputa y además reconoce su dominio sobre la droga incautada.

Prestaron declaración los funcionarios aprehensores XXX ratificando los hechos ya descritos en el parte policial.

[Mencionar si corresponde evidencia incautada y peritajes].

QUINTO: Que los hechos descritos en la acusación son constitutivos del delito de XX, toda vez que [argumentación].

En los hechos le ha correspondido a XXX participación en calidad de XX por haber intervenido en ellos de manera XXX.

SEXTO: Se ha justificado respecto del imputado la atenuante [si procede] de colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos con el mérito del reconocimiento que han efectuado en esta audiencia.

[Si procede] Se ha de reconocer a favor de XXX, la atenuante de Irreprochable conducta anterior con el mérito del extracto de filiación y antecedentes exento de anotaciones prontuariales.

SEPTIMO: Respecto de las solicitudes de suspensión de la imposición de la pena [argumentación].

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7,11 Nº 6 y 9, 14, 15, 30, 31, 68, 69 del Código Penal; 1, 4, 52 de la Ley 20.000; 1, 2, 11, 21, 23, de la Ley 20.084; 36, 38, 406, 410, 411, 412 del Código Procesal Penal, SE DECLARA:

 I.- Que se condena a XXX, R.U.N. Nº XXX, ya individualizado, como autor del delito XXX, cometido en esta ciudad el [día, mes, año] a la pena de XXX, accesoria legal de XXX y al pago de una multa ascendente a XXX.

II.- [Si procede] Que se condena además al sentenciado al comiso de XXX.

III.- Se exime al imputado del pago de las costas de la causa.

IV.- Teniendo presente que el imputado XXX ha estado privado de libertad por motivo de esta causa de manera ininterrumpida desde las XX horas del [día, mes año] se le tiene por cumplida la pena privativa de Libertad y la pena de multa en forma sustitutiva.

[Si procede] Atendido lo resuelto la prisión preventiva que afecta a [nombre imputado] queda sin efecto a partir de esta fecha.

Regístrese quedan los intervinientes notificados.

Téngase presente la renuncia de los plazos.

RIT       : XXX ; RUC      : XXX

Dictada por [juez/jueza], Juez Titular [tribunal].


Nota al Pie

Nota al Pie
1 [1] Agradecemos a la magistrada Marcia Figueroa Astudillo, jueza del Séptimo juzgado de Garantía de Santiago que nos proporcionó el formato de la sentencia.
2 [2] Agradecemos a Jorge Saez Martin, secretario de la Excma. Corte Suprema que nos proporcionó el formato de la sentencia.

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