1. Recomendación de buenas prácticas de coordinación interinstitucional

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  • Situaciones que requieren tratamiento particular. Se recomienda que la jueza o juez requiera información para identificar, del listado de casos de audiencia del día, si existen situaciones que necesiten tratamiento particular. Por ejemplo:
    • Participación de niños, niñas y adolescentes.
    • Participación de acusadas embarazadas, adultos mayores, personas con enfermedades crónicas, lesionadas, con condiciones o problemas de salud al momento de la audiencia.
    • Casos de connotación social que pueden significar la participación de un mayor número de público en la audiencia y/o prensa.
    • Personas que necesiten de intérpretes (idioma o lenguaje de señas).
    • Personas que necesiten de facilitadores interculturales.
    • Persona acusada que no sepa leer ni escribir, o que tenga dificultades para entender, que no se relacione con alguno de los factores anteriormente expuestos.
    • Necesidad de la presencia de la persona imputada en la audiencia, lo que requiere que el Ministerio Público anticipe en el escrito de acusación si va a instar por alguno de los institutos que exigen la manifestación de voluntad de aquélla.
    • Causa que tiene varias personas imputadas.
  • Salidas alternativas. Si en la audiencia se acuerda una suspensión condicional del procedimiento o un acuerdo reparatorio:
    • Contar con una lista con detalle del nombre y datos de la institución beneficiaria de la condición o prestación, la cual puede ser confeccionada con la información proporcionada por el Ministerio Público y defensa, para facilitar tanto el cumplimiento del acuerdo reparatorio o condición de la suspensión, como también la acreditación de que se han cumplido las prestaciones establecidas en la salida alternativa.
    • Para dar operatividad y eficacia a las condiciones que suponen una acción de la persona imputada (por ejemplo, la letra c del artículo 238 del CPP sobre tratamiento médico), es importante contar con un listado actualizado de instituciones y sus cupos. En casos de violencia intrafamiliar existe la práctica de imponer como condición la derivación a evaluación a los Centros de reeducación de hombres que ejercen violencia de pareja y/o expareja del SERNAMEG, y luego cumplir el tratamiento definido. Para más información puede consultar https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/12259-centros-para-hombres-que-ejercen-violencia-de-pareja-hevpa
    • Para evitar la suspensión de la audiencia, en aquellos casos que tratan de delitos en que se requiere que el o la fiscal cuente con la autorización previa del o la Fiscal Regional, algunos tribunales se han coordinado con la Fiscalía Regional y local, definiendo que se programe la audiencia por solicitud escrita remitida por interconexión, que dé cuenta que se cuenta con la autorización respectiva.
    • Puede revisar la conducción de la audiencia de salidas alternativas en el capítulo de la Guía de conducción de la primera audiencia:

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  • Intérpretes y facilitadores. Aprovechar la coordinación interinstitucional para que la Fiscalía y la defensa dispongan de intérpretes y facilitadores interculturales en las audiencias.
    • Se recomienda conocer cómo funciona la red de intérpretes y facilitadores interculturales. En general, esta recomendación también aplica para todas las instituciones que de alguna forma colaboran con la labor jurisdiccional de los tribunales y es crucial, en este sentido, la coordinación que se tenga con la propia administración.
    • Para que la persona imputada comprenda las decisiones que deberá tomar, se recomienda coordinar con la Fiscalía y la defensa que se disponga de intérpretes y facilitadores interculturales en las audiencias. Especialmente relevante es el rol del tribunal en proporcionar el servicio en aquellos casos que la defensa es privada.

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  • Uso de correos institucionales genéricos para facilitar la comunicación. El Ministerio Público y la Defensoría Penal Pública consideran, dentro de sus procesos de gestión administrativa, el uso de correos institucionales genéricos para facilitar la remisión de actas, audios y otras resoluciones de interés transversal. Estos correos pueden utilizarse de forma adicional a la notificación a los correos personales de los y las intervinientes.
  • Uso de ficha informativa. La Defensoría Penal Pública, ha entregado a los defensores y las defensoras una “ficha informativa de causa” que deben llenar al final de cada audiencia y entregarla a la persona imputada. Dicha ficha contiene indicación del contacto del defensor o defensora, y qué es lo que debe hacer respecto de lo resuelto en la audiencia. Se recomienda fomentar la entrega de este documento, mediante la adecuada coordinación con la Defensoría y otorgar un tiempo entre audiencias para que la defensa pueda explicar el contenido de la ficha a la persona imputada y resolver cualquier duda.
  • Información de la defensa. Propiciar que el o la fiscal de la audiencia anote el nombre del defensor o defensora titular de la causa, y que quien ejerce la defensa haga lo propio con el o la fiscal, para facilitar su comunicación y entrega de información.
  • Estimular la coordinación interinstitucional con el objeto de introducir mejoras constantemente, especialmente entre la Defensoría Penal Pública y el Ministerio Público. Para efectos de una mejor coordinación interinstitucional, es positiva la realización de reuniones periódicas o bien generar instancias que permitan evitar situaciones que entorpezcan o demoren el desarrollo de la audiencia, como sucede con los reagendamientos.

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