Presentación

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La ley N°21.527 incorporó relevantes modificaciones al sistema de responsabilidad penal adolescente, creando el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, introduciendo modificaciones a la ley N°20.084 y definiendo la especialización de jueces, juezas de garantía, fiscales y defensores que conozcan de este tipo de causas, a través de la aprobación de una formación especializada.

Estos cambios significarán importantes desafíos para el sistema, los que afectarán la forma como se realizan las audiencias de personas imputadas adolescentes. Crucial es entonces dar pautas claras que guíen la forma como éstas se llevarán a cabo, en las que se apliquen correctamente las nuevas normas procesales, buscando una adecuada participación e interacción entre las partes, particularmente del adolescente imputado, con el fin que pueda ejercitar sus derechos, así como comprender las decisiones adoptadas y facilitar de ese modo su cumplimiento.

Ya que las modificaciones legales se implementarán gradualmente en tres etapas, permitiendo con ello, el aprendizaje del sistema y potenciando la formación especializada de los operadores de justicia, la Academia Judicial invitó al Ministerio Público, Defensoría Penal Pública, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y al Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, a elaborar una Guía para la conducción de las audiencias de responsabilidad penal adolescente, que sirviera de material docente para sus procesos de formación institucional y en la capacitación interinstitucional.

Esta Guía, al igual que las elaboradas previamente por la Academia Judicial (las que se pueden encontrar en https://guias.academiajudicial.cl), contienen las mejores prácticas institucionales en todos esos temas; pero, en este caso y por tratarse en varios aspectos de una legislación nueva, se proyecta también la forma en que el sistema debiera funcionar para dar cabal cumplimiento a los objetivos trazados por el legislador. Por lo mismo, en la medida que las normas vayan implementándose y las prácticas y la jurisprudencia decantando, asumimos el compromiso de ir actualizando permanentemente el presente texto.

En las siguientes páginas encontrarán el desarrollo de la audiencia de control de detención y las diferentes actuaciones procesales que puede ocurrir en ésta (incluido el debate de salidas alternativas y medidas cautelares). En el segundo capítulo la audiencia de procedimiento simplificado, tanto el juicio oral como el reconocimiento de responsabilidad establecido en el artículo 395 del Código Procesal Penal. El tercer capítulo desarrolla las audiencias de determinación de la pena y plan de intervención, que es tal vez el cambio más sustantivo incorporado por la ley y que proyectamos con mayor discusión sobre la interpretación de las normas. Por último, el cuarto capítulo se trata las audiencias de control de ejecución[1]Cabe hacer notar que, a la fecha de redacción de la Guía, no se han publicado las definiciones técnicasdel Servicio de Reinserción Social Juvenil, del informe técnico, expediente único, el … Continue reading.

Como podrán apreciar, se trata de un documento simple y directo en su construcción, de carácter práctico y con una presentación que facilita su utilización. También con el fin de facilitar su uso se contiene listas de verificación, un buscador de contenidos y ejemplos concretos de audiencias tipo.

Agradecimientos

La Academia Judicial agradece especialmente el trabajo de la magistrada Marcia Figueroa Astudillo, jueza del séptimo juzgado de garantía de Santiago y de Francisco Maldonado Fuentes, docente y asesor del Ministerio de Justicia en la tramitación de la ley N°21.527, a cargo de la redacción de la Guía.

También agradecemos al Comité de Revisión, integrado por jueces y juezas de garantía referentes a nivel nacional que invitamos a participar voluntariamente y ad honorem en la redacción del contenido de las Guías:

  • Carmen Macarena Calas Guerra, jueza del juzgado de garantía de Arica.
  • Alfredo Cox Castro, juez del juzgado de garantía de Temuco.
  • Karin Mercado Rivas, jueza del juzgado de garantía de Puente Alto.
  • Leticia Rivera Reyes, jueza del juzgado de garantía de Temuco.
  • Diego Reyes Lopez, juez del juzgado de garantía de Iquique.

Agradecemos a los representantes del Ministerio Público, Defensoría Penal Pública, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y al Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, por sus comentarios y aportes para mejorar el contenido de la Guía en lo referido a sus respectivas funciones en el sistema:

  • Alejandra Mera González-Ballesteros, jefa Unidad de Responsabilidad Penal Adolescente, Fiscalía Nacional.
  • Alvaro Murcia García, abogado, Unidad de Responsabilidad Penal Adolescente, Fiscalía Nacional.
  • Virginia Aravena Hormazábal, fiscal jefa, Fiscalía Local de Alto Hospicio.
  • Pablo Aranda Aliaga, jefe Nacional de Estudios en Defensoría Penal Pública.
  • Georgina Guevara Cáceres, defensora penal juvenil jefa, Defensoría Regional Metropolitana Sur.
  • Mónica Contreras Jacob, encargada técnica, Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil.
  • Ignacio Jury del Villar, abogado, Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil.
  • Marta Cecilia Olivares Urzúa, abogada, Departamento de Reinserción Social Juvenil, Ministerio de Justicia.

El trabajo fue coordinado por el secretario de la Corte Suprema Jorge Sáez Martin, y Paz Pérez Ramírez, coordinadora del Programa de Desarrollo de la Academia Judicial.


References

References
1 Cabe hacer notar que, a la fecha de redacción de la Guía, no se han publicado las definiciones técnicas
del Servicio de Reinserción Social Juvenil, del informe técnico, expediente único, el reglamento y protocolo de derivación a mediación establecido por la ley. Es por ello que no se considera en la Guía el proceso de derivación a mediación.

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