11. Audiencia de remisión de la condena

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El tribunal puede remitir el cumplimiento del saldo de la condena por antecedentes calificados, por los que considere que se ha dado cumplimiento a los objetivos pretendidos con su imposición, aplicándose las mismas reglas para el desarrollo de la audiencia prevista para la sustitución de la pena.

La resolución que se pronuncie sobre la solicitud de remisión será apelable para ante la Corte de Apelaciones respectiva.

Para el efecto de resolver acerca de la remisión al tribunal deberá contar con informe favorable del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil.

  • Regla especial: para el caso de una sanción privativa de libertad, la facultad de remisión sólo puede ser ejercida una vez cumplida más de la mitad del tiempo de duración de la sanción originalmente impuesta o de dos tercios de la misma, cuando se trata de delitos que si se tratara de adultos la pena fuera igual o superior al presidio o reclusión mayor en su grado máximo.
  • Obligación de la víctima: la víctima para los efectos de la sustitución y remisión de la sanción deberá informar su domicilio para fines de notificación en la primera actuación en que intervenga ante el tribunal o un fiscal del Ministerio Público, pudiendo en dicha oportunidad indicar una forma alternativa para recibir dicha comunicación. El tribunal o fiscal que hubiera recibido dicha información deberá registrarla y comunicarla oportunamente a quien debe resolver.

    Si no se cuenta con la información del domicilio de la víctima se recomienda aplicar el apercibimiento del artículo 26 CPP. Por su parte, si el tribunal se declara incompetente se recomienda verificar que la víctima cuenta con domicilio en el SIAGPJ o solicitar a la Fiscalía la información, para que el tribunal de ejecución competente con ella.

Lo dispuesto también tendrá lugar en caso de que se hubiera decretado cualquier tipo de medida que obligue a guardar reserva para fines de protección de la víctima debiendo el órgano correspondiente adoptar las medidas de resguardo que sean pertinentes.


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